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Circular 001 - 3 enero 2012 / Prohibición de uso de establecimientos educativos como albergue para damnificados por ola invernal y reporte de afectaciones

Como consecuencia de la ola invernal que afecta desde hace varios meses al Departamento, me permito recordarles que los establecimientos educativos no pueden ser utilizados como albergues para hospedar a las personas afectadas por las lluvias, y que es responsabilidad de cada administración municipal encontrar alternativas de alojamiento que permitan atender adecuadamente a las personas que han sido afectadas por los efectos del invierno.

El servicio educativo es fundamental para el desarrollo de Antioquia y, en consecuencia, las aulas y demás espacios físicos de los establecimientos educativos deben permanecer disponibles para los estudiantes.

Si su municipio no ha reportado los establecimientos educativos afectados por el actual invierno (caída de muros o techos, inundaciones, entre otros), por favor infórmelo al correo Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla para indicarle los procedimientos que debe cumplir y completar la información requerida por el Ministerio de Educación Nacional.

Felipe Andrés Gil Barrera

Secretario de Educación

Proyectó: Juan Pablo Ramírez

 

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