“POR EL CUAL SE CONVOCA AL PROCESO ORDINARIO DE TRASLADOS- VIGENCIA 2010, PARA DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES, PERTENECIENTES A LA PLANTA GLOBAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA”.
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PARA LA CULTURA DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en uso de las atribuciones legales, y en especial las conferidas por el Decreto Departamental 1761 del 13 de Julio de 2009, adicionado por el Decreto Departamental 2911 del 03 de Noviembre de 2010, el artículo 106 de la ley 115 de 1994 y la Ley 715 de 2001, Decreto Ley 1278 de 2002, y Decreto Nacional 520 de 2010, la Resolución No. 6149 de 2010.
CONSIDERANDO QUE:
El Ministerio de Educación Nacional, emitió el Decreto 520 de Febrero 17 de 2010, mediante el cual se reglamenta el Artículo 22 de la Ley 715 de 2001, en relación con el proceso de traslados de docentes y directivos docentes.
El numeral 3º del Artículo 2º del Decreto 520 de 2010, manifiesta que las entidades territoriales certificadas convocarán al proceso ordinario de traslados, mediante acto administrativo; precepto que acata el Departamento de Antioquia, a través del presente Decreto.
Por medio de la Resolución No. 6149 de julio 14 de 2010, modificatoria de la Resolución No. 5420 de 2010, el Ministerio de Educación Nacional adoptó el cronograma de actividades para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se debe adelantar durante el año 2010, para el calendario A.
La Secretaria de Educación para Cultura de Antioquia, mediante Resolución Número 009097 del 7 de mayo de 2009, conformo el comité interno de traslados de la Secretaria y fijo la valoración para la asignación de los traslados de docente y directivos docentes adscritos a la planta de cargos y de personal de este ente territorial.
Mediante la Resolución 009097 del 7 de mayo de 2009, se estableció, en artículo tercero, parágrafo segundo: Los docentes y directivos docentes que deseen participar en el proceso de traslado deben diligenciar y radicar el formulario único de traslados con los respectivos soportes, en la oficina de Gestión Documental (Archivo - Sótano) del Centro Administrativo Departamental “ José María Córdoba “, , piso 4, oficina 414, en horario de 8:30am a 12m y de 1:30pm a 4:00 pm, Medellín, entre el primero (1) y el treinta(30) de noviembre del respectivo año lectivo.
Las necesidades del servicio educativo Departamental objeto de traslados, se encuentran localizadas en las Instituciones, Centros y Municipios, publicados en la página web www.seduca.gov.co, a partir del 19 de noviembre de 2010.
El Departamento de Antioquia, acatando lo establecido en los artículos 3º y 4º del Decreto 520 de 2010, y mediante Resolución Número 009097 del 7 de mayo de 2009, conformó el Comité Interno de Traslados de la Secretaria y fijo la valoración para la asignación de los traslados de docente y directivos docentes adscritos a la planta de cargos y de personal de este ente territorial y adoptó los criterios para inscripción en el proceso ordinario de traslados y toma de decisión para efectuar el mismo.
Los traslados entre entidades territoriales certificadas solicitados por docentes o directivos docentes, se tramitarán acorde al proceso ordinario y requieren Convenio Interadministrativo, en el cual se convendrán, entre otros, las fechas de efectividad del traslado y de producción de efectos y responsabilidades fiscales.
Cuando se trate de permuta por necesidad del servicio, ésta no será autorizada ni procedente, si a uno de los dos solicitantes le faltan cinco años o menos de servicio para alcanzar la edad de retiro forzoso.
El traslado en ningún caso implica ascenso en el escalafón docente, ni interrupción en la relación laboral.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. CONVOCATORIA: Convocar al proceso ordinario de traslados en el Departamento de Antioquia, para la vigencia 2010, que permita proveer las vacantes enunciadas en la parte motiva del presente acto administrativo y publicadas en la página web de la Secretaria www.seduca.gov.co, para lo cual se fija el siguiente cronograma:
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FECHA |
ACTIVIDAD |
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19-11-2010 |
Emisión de Acto Administrativo de convocatoria |
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01-11-2010 |
Difusión de la convocatoria a través de la página web www.seduca.gov.co |
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01-11-2010 al 30-11-2010 |
Recepción de solicitudes al proceso de traslados. |
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01-12-2010 al 17-12-2010 |
Valoración de solicitudes, aplicación de los criterios y toma de decisiones. |
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27-12-2010 al 03-01-2011 |
Publicación del listado de docentes y directivos docentes seleccionados para traslados en la página web www.seduca.gov.co y comunicación a los no aprobados. |
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04-01-2011 al 07-01-2011 |
Expedición Actos administrativos de Traslados de docentes y directivos docentes. |
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04-01-2011 al 11-01-2011 |
Comunicación de traslados de docentes y directivos docentes. |
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12-01-2011 al 17-01-2011 |
Recepción de Constancias de iniciación de labores académicas de los docentes y directivos docentes trasladados. |
ARTÍCULO SEGUNDO. PLAZAS CONVOCADAS: Las plazas a proveer en el proceso ordinario de traslados Departamental, se encuentran en la página Web, tal como se expresa en la parte motiva de este acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO. DIVULGACIÓN: La divulgación del presente proceso se realizará del 19 de noviembre al 30 de noviembre de 2010, en la página web de la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia y Cultura para Antioquia: www.seduca.gov.co y demás medios que determine la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia.
ARTÍCULO CUARTO. CRITERIOS: los criterios para la inscripción y toma de decisiones para el proceso de traslados, son los señalados en Resolución Número 009097 del 7 de mayo de 2009.
ARTÍCULO QUINTO. FORMATO DE INSCRIPCIÓN: Adóptese como formato oficial para tramitar la solicitud de traslado en el Departamento, documento adjunto que forma parte integral de este Acto Administrativo, el cual se recepcionará y radicará, debidamente diligenciado y con los soportes del caso, solamente en las fechas establecidas para tal fin del 1 de noviembre al 30 de noviembre de 2010; perfeccionándose la inscripción, con la entrega oficial del formato en la oficina de Gestión Documental (Archivo) de la Gobernación de Antioquia, en los días descritos.
ARTÍCULO SEXTO. CONVENIOS/PERMUTAS: Establézcase convenio interadministrativo para conceder traslados entre entidades territoriales certificadas y autorícese permutas por necesidad del servicio, siempre y cuando a uno de los dos solicitantes no le falte cinco años o menos de servicio para alcanzar la edad de retiro forzoso.
ARTÍCULO SEPTIMO. TRASLADO EN IGUALDAD DE CONDICIONES: Cuando dos o más docentes estén en igualdad de condiciones para ser trasladados al mismo lugar de desempeño de funciones, la decisión final será adoptada por el nominador previo concepto del Comité de Traslados de la Secretaria de Educación de conformidad con la Resolución 009097 del 7 de Mayo de 2009.
ARTÍCULO OCTAVO. PUBLICACIÓN LISTA DE SELECCIONADOS: La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, publicará la lista de los docentes y directivos docentes seleccionados para traslado con la información pertinente y solución de reclamaciones, incluyendo los traslados entre Entes Territoriales Certificados, en las fechas estipuladas del 27-12-2010 al 03-01-2011, en la página web de Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia: www.seduca.gov.co
ARTÍCULO NOVENO. RECLAMACIONES: Las reclamaciones que se generen como resultado de la publicación de la lista de seleccionados, se presentarán dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, mediante escrito en el archivo general de la Gobernación de Antioquia, en el horario de 8am a 12 m y de 1:30pm a 4 pm.
ARTÍCULO DÉCIMO. COMUNICACIÓN DE TRASLADOS: Éstos se comunicarán a través de la página web de la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia: www.seduca.gov.co; por tanto los seleccionados se acercarán para su debida notificación a la taquilla 5 del piso 4 del Centro Administrativo Departamental, el primer día hábil del calendario académico 2011.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. POSESIÓN: Una vez comunicados, los docentes y directivos docentes notificados, deberán tomar posesión de forma inmediata en la taquilla 5, piso 4 del Centro Administrativo Departamental, en el horario establecido.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. CONSTANCIA DE INICIO DE LABORES: La constancia de inicio de labores en el nuevo Centro o Institución Educativo, suscrita por el directivo docente correspondiente, deberá entregarse en la taquilla 14 de nómina, piso 4 del Centro Administrativo Departamental, dentro de los cinco (5) días siguientes al inicio del calendario escolar 2011.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Medellín a los 19 días del mes de noviembre
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
HUMBERTO DÍEZ VILLA
Secretario de Educación y Cultura
PLAZAS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES VACANTES - a 17 de noviembre 2010
Plazas_directivos_docentes_23nov10 (33 kB)
Plazas_docentes_23nov10 (446 kB)
| Cargo | Área de la Plaza | Total |
| Docente Básica Secundaria y Media | ADMINISTRACION DE EMPRESAS | 3 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ADMINISTRACION TURISTICA | 6 |
| Docente Básica Secundaria y Media | AGROAMBIENTAL | 3 |
| Docente Básica Secundaria y Media | AGROPECUARIA | 41 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ALIMENTOS | 1 |
| Docente Básica Secundaria y Media | BASICA SECUNDARIA | 1 |
| Docente Básica Secundaria y Media | CIENCIAS ECONOMICAS Y POLITICAS | 3 |
| Docente Básica Secundaria y Media | CIENCIAS NATURALES - FISICA | 61 |
| Docente Básica Secundaria y Media | CIENCIAS NATURALES - QUIMICA | 140 |
| Docente Básica Secundaria y Media | CIENCIAS NATURALES Y EDUCACION AMBIENTAL | 60 |
| Docente Básica Secundaria y Media | CIENCIAS SOCIALES | 103 |
| Docente Básica Secundaria y Media | COMERCIO INFORMATICA | 17 |
| Docente Básica Secundaria y Media | COMUNICACION Y DIDACTICA DE LA LENGUA | 1 |
| Docente Básica Secundaria y Media | DIBUJO TECNICO | 2 |
| Docente Básica Secundaria y Media | EDUCACION ARTISTICA -ARTES PLASTICAS | 46 |
| Docente Básica Secundaria y Media | EDUCACION ARTISTICA -MUSICA | 8 |
| Docente Básica Secundaria y Media | EDUCACION ARTISTICA -DANZAS | 2 |
| Docente Básica Secundaria y Media | EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTE | 38 |
| Docente Básica Secundaria y Media | EDUCACION RELIGIOSA | 15 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ELECTRICIDAD | 1 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ELECTRONICA | 2 |
| Docente Básica Secundaria y Media | EMPRENDIMIENTO | 1 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ENSEÑANZA COMERCIAL | 7 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ETICA Y VALORES | 29 |
| Docente Básica Secundaria y Media | FILOSOFIA | 18 |
| Docente Básica Secundaria y Media | HUMANIDADES LENGUA CASTELLANA | 163 |
| Docente Básica Secundaria y Media | IDIOMA EXTRANJERO INGLES | 272 |
| Docente Básica Secundaria y Media | MATEMATICAS | 251 |
| Docente Básica Secundaria y Media | ORIENTACION ESCOLAR | 181 |
| Docente Básica Secundaria y Media | PEDAGOGIA | 14 |
| Docente Básica Secundaria y Media | SALUD | 2 |
| Docente Básica Secundaria y Media | SOCIOLOGIA | 1 |
| Docente Básica Secundaria y Media | TECNOLOGIA INFORMATICA | 187 |
| Total Secundaria y Media | 1.680 | |
| Docente Básica Secundaria y Media | TELESECUNDARIA | 105 |
| Docente Básica Secundaria y Media | POSTPRIMARIA | 145 |
| Total Telesecundaria y Postprimaria | 250 | |
| Docente Preescolar | ENSEÑANZA PREESCOLAR | 144 |
| Docente Primaria | BASICA PRIMARIA | 791 |
| Docente Aula de Apoyo | AULA DE APOYO | 84 |
| Total Preescolar, Primaria, Aula de Apoyo | 1.019 | |
| Coordinador | 80 | |
| Director Rural | 12 | |
| Rectores | 3 | |
| Total Coordinador, Dir. Rural, Rectores | 95 | |
| Total General | 3.044 | |
| Total Secundaria y Media, Preescolar, Primaria, Aula de Apoyo, Coordinadores, Dir. Rural y Rectores | 2.794 | |






