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Jueves, 26 Febrero 2015 08:27

Circular 184 - 5 mayo 2010 / Manejo de los recursos destinados a financiar la gratuidad de la educación del Sistema General de Participaciones y programa Bienvenidos a clase

PARA: Alcaldes, Secretarios de Hacienda, Tesoreros municipales, Secretarios de Educación de los municipios no certificados de Antioquia.

En ejercicio de las competencias asignadas por el artículo 6 de la Ley 715 de 2001, acatando lo establecido en los Conpes Sociales, Directiva Ministerial 12 de junio 20 de 2008, y Circular N° 5 del 31 de marzo de 2009 del Ministerio de Educación Nacional, y con el fin de promover el adecuado manejo de las transferencias destinadas a financiar la Gratuidad de la Educación, reiteramos a los destinatario de la presente circular los siguientes aspectos a tener en cuenta:

La Directiva Ministerial 04 de 2003 establece: "Las entidades territoriales deben efectuar todos los procedimientos administrativos y financieros de manera que los pagos se hagan dentro de los cinco días siguientes al recibo del giro de la Nación." (Artículo 14 del Decreto 359 de 1995) El municipio debe incorporar los recursos al Presupuesto Municipal mediante Decreto ó Acto Administrativo establecido. "El municipio está en la obligación de transferir a los Fondos de Servicios Educativos de los establecimientos educativos los recursos asignados para gratuidad mediante Acto Administrativo."

Para recibir los recursos el Decreto 4791 de 2008 en su Artículo 15 establece: "Los recursos del Fondo de Servicios Educativos se reciben y manejan en una cuenta especial a nombre del Fondo de Servicios Educativos, establecida en una entidad del sistema financiero sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera, registrada en la tesorería de la entidad territorial certificada a la cual pertenezca el establecimiento educativo." Los Municipios no certificados de Antioquia deberán diligenciar el formato de actualizacion_de datos (410 kB) de los Fondos de Servicios Educativos existentes en su jurisdicción.

Adicionalmente la Circular 5 de 2009 del Ministerio de Educación establece: "En ningún caso, los recursos de gratuidad podrán ser ejecutados directamente por la entidad territorial y en el evento de que un establecimiento educativo no tenga constituido el Fondo de Servicios Educativos, la entidad territorial certificada deberá establecerlo o gestionar la firma de un convenio con un Fondo de Servicios Educativos existente, aplicando criterios de eficiencia." Para facilitar la gestión de los Municipios se anexa el formato del Convenio_Interadministrativo_de Cooperación (338 kB) que deben suscribir los Establecimietos que no cuentan con FSE constituído.

Así mismo se anexa el formato (344.5 kB) que deben diligenciar los Municipios cada vez que se realice el desembolso al respectivo Fondo de Servicios Educativos, el cual debe ir acompañado de las copias de los Actos Administrativos mediante los cuales se incorporaron los Recursos al Presupuesto Municipal, y los actos mediante los cuales se transfirieron los recursos al respectivo Fondo de Servicios Educativos.

En tal sentido el inciso dos del Artículo 19 de la Ley 715 de 2001 establece: "Los funcionarios de los departamentos, distritos y municipios que no proporcionen la información en los plazos establecidos por el Ministerio de Educación incurrirán en falta disciplinaria y serán objeto de las sanciones correspondientes, establecidas en el Régimen Disciplinario Único."

Todos los formatos y modelos relacionados podrán ser descargados desde el link Fondo de Servicios Educativos donde también encontrará el listado_informes (469 kB) que se deben enviar al Equipo de Gestión de los Fondos de Servicios Educativos de la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, Oficina 410, 4º Piso de la Gobernación de Antioquia, en medio impreso y magnético.

Contamos con ustedes, seguros de que con la participación de todos se lograrán excelentes resultados en desarrollo del Programa Departamental Bienvenidos a Clase, estrategia de permanencia y cobertura educativa para lo antioqueños.

(Original Firmado)

ÁLVARO URIBE MORENO
Director de Gestión y Apoyo Administrativo
Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia

Proyectó: Luis Felipe Piedrahíta
Revisó: Alberto Urrea Monsalve
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