PARA: ALCALDES MUNICIPALES, SECRETARIOS DE EDUCACIÓN, RECTORES, DIRECTORES, COORDINADORES Y DOCENTES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
Mediante la Resolución 23680 del 31 de octubre de 2007, la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia fijó el calendario académico general para el año 2008, correspondiente a los establecimientos estatales de educación formal en los niveles de educación preescolar, básica, media y educación de adultos de los municipios no certificados del departamento y se dictaron otras disposiciones.
En el inciso 4º. del Artículo 3º. de la citada Resolución, se determinó que la semana del 17 al 21 de marzo de 2008 (Semana Santa), se dedicaría por los directivos docentes y docentes en su jornada laboral a las actividades de desarrollo institucional establecidas en el artículo 4º. del Calendario Académico.
En el parágrafo del artículo 4º. de la misma norma, se dispuso que dichas actividades se podían realizar en tiempo adicional a la jornada laboral antes del 17 de marzo de 2008, para lo cual el Consejo Directivo de cada institución o centro educativo, presentaría antes del 31 de enero de 2008 el respectivo proyecto para su aprobación ante la Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo - Coordinación de Personal y en su defecto, debían desarrollar dichas actividades en las fechas señaladas por la Resolución.
Debido a la premura del tiempo y pese al empeño de la totalidad de los docentes en acogerse al precepto normativo, no todos los Consejos Directivos de las instituciones educativas alcanzaron el cumplimiento de los objetivos y los términos indicados en el artículo 4º. de la Resolución No. 23680 de 2007, por lo que el Secretario de Educación para la Cultura en ejercicio de sus facultades ha dispuesto la ampliación de los términos allí referidos para la presentación y ejecución de los proyectos pedagógicos de que trata el inciso 1º. del artículo 4º. de la citada Resolución.
Circular No.
Los proyectos educativos sobre las actividades de desarrollo institucional deberán ser presentados antes del día 4 de abril de 2008, ante la Oficina de la Doctora Claudia Puerta Guzmán, 5º. piso del Centro Administrativo Departamental, 516, Acreditación y Legalización, teniendo en cuenta que los tres (3) días compensados (17-21 de marzo de 2008), deberán corresponder a veinticuatro (24) horas efectivamente laboradas en actividades pertinentes a lo indicado en el artículo 4º. de la citada Resolución actividades que deberán ser ejecutadas entre el día 7 y el 25 de abril del presente año.
Los Alcaldes, Secretarios de Educación y Directores de Núcleo Educativo de los municipios no certificados del departamento de Antioquia recepcionarán de los establecimientos educativos la documentación pertinente sobre el cumplimiento de los planes y proyectos correspondientes a las actividades de desarrollo institucional propuestos y los entregarán a la Coordinación de Acreditación y Legalización de la Secretaría de Educación para la Cultura entre el 28 de abril y el 2 de mayo de 2008.
Cordialmente,
HUMBERTO DE JESUS DIEZ VILLA
Secretario de Educación para la Cultura
Edilma