Dirección de Fomento a la Cultura - Palacio de la Cultura Asesoría para la Juventud
AyudaMapa del SitioSitios web de interésContáctenosArchivo de NoticiasRegresar al inicio
Circulares
Personal
Nomina
Fondo Prestacional del Magisterio
Escalafón Docente
Inspección y Vigilancia
Trámites
Resoluciones, Decretos, Leyes, Circulares
Orientaciones del Servicio Educativo
Herramientas Pedagógicas
Descargas y Consultas
Asesoría y Asistencia Técnica
Dirección Técnica
Dirección de Fomento a la Educación con Calidad
Cobertura Educativa
Programas y Proyectos
Ministerio de Educación
Plan Sectorial 2006-2010
Al día con las noticias
¿Qué dicen los medios de comunicación?

Reporte en el SIMAT de la Población Escolar en situación de Desplazamiento. / Circular 094 del 4 de abril de 2008

Abril 4 - 2008

Documentos Jurídicos

Para: Rectores y Directores de Instituciones y Centros Educativos

La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, se permite recordar las responsabilidades para incluir en el Sistema de Matricula - SIMAT -  la población escolar en situación de desplazamiento y en la cual es indispensable su vinculación y compromiso.

Antecedentes:

Para garantizar el Derecho a la Educación de la población en situación de desplazamiento, el Ministerio de Educación Nacional, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, han establecido normas y lineamientos que permitan el acceso, la permanencia y la consecución de  recursos para las Instituciones Educativas que atienden dicha población, como son :

  • La Ley 387 de 1997, por la cual se adoptan medidas para la atención integral a la población desplazada por la violencia.
  • La Circular Conjunta Ministerio de Educación y Red de Solidaridad Social, procedimientos para la atención educativa.
  • El Decreto 2562 de 2001, Reglamenta Ley 387 en lo Educativo
  • La Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional, garantía de Derechos.
  • Resolución 166, proceso de matrícula escolar.
  • Circular 029, procedimientos para la Atención Educativa.

Responsabilidades:
                                                                                                            
Las Instituciones Educativas, adoptan la Resolución 166 para la matricula de los niños, niñas los y las jóvenes.  En el caso de la Población Escolar afectada por el desplazamiento, el formato de matrícula incluye en el Modulo de Estudiantes,  información del alumno , la opción Victima del conflicto, que incluye 4 opciones, entre ellas la situación de Desplazamiento.

Por lo tanto es responsabilidad de la Institución Educativa incluir el estudiante en situación desplazamiento en el SIMAT, diligenciando totalmente los ítem correspondientes a fecha de expulsión, departamento, municipio y  certificación en el Sistema de Información de Población Desplazada –SIPOD-. 

Para la Secretaría es importante conocer el reporte de niños, niñas y jóvenes en situación de desplazamiento atendidos en el sistema educativo, y así dar cuenta de los indicadores aceptados por la Corte Constitucional en el Auto 109/07 y hacer posible el cumplimiento de  las responsabilidades adquiridas por el Estado en la atención integral a esta población.

El reporte de la población escolar en situación de desplazamiento, permite a la Secretaría de Educación para la Cultura, realizar acciones de formación, acompañamiento, dotación de material didáctico para la atención educativa de dicha población.  Además, las familias en situación de desplazamiento pueden inscribirse en el Programa de Familias en Acción y acceder a recursos de apoyo a necesidades básicas que aseguren la permanencia de los niños, niñas y jóvenes en el sistema educativo. 

HUMBERTO DIEZ VILLA
Secretario de Educación para la Cultura de Antioquia