PARA: ALCALDES, SECRETARIOS DE EDUCACIÓN, RECTORES Y DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES Y CENTRO EDUCATIVOS
A partir de la fecha de expedición de la presente Circular, la Secretaria de Educación para la Cultura de Antioquia, no hará transferencia de recursos a las Instituciones y Centros Educativos para atender el reemplazo de los celadores, de conformidad con lo señalado en la Ley715 de2001 en los artículos11-12-13, reglamentadopor el Decreto Nacional992 de 2002 que prohíbe expresamente contratar servicios personales con cargo al Fondo de Servicios Educativos.
La Secretaria de Educación suministrara este servicio teniendo en cuenta los siguientes requerimientos:
- Que el Reemplazo sea únicamente por vacaciones
- Que la copia de la Resolución que concede las vacaciones se envíe a la Secretariade Educación- Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo, con 15 días hábiles de antelaciónal disfrute de las mismas.
Atentamente,
HUMBERTO DIEZ VILLA
Secretario de Educación para la Cultura
Mille H.