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Orientaciones sobre el proceso de autoevaluación institucional de Establecimientos Educativos privados situados en municipios no certificados del Departamento de Antioquia, para efectos de clasificación y fijación de tarifas correspondientes al año 2008
Circular 225 - 27 septiembre 2007
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Septiembre 27 - 2007 |
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PARA: Alcaldes, Secretarios de Educación Municipal, Directores de Núcleo, Rectores y Directores de Instituciones y Centros Educativos privados de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia
La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5° del Decreto 2253 del 22 de diciembre de 1995 y el artículo 2° de la Resolución Nacional 4444 del 9 de agosto del 2006, presenta a continuación las siguientes orientaciones, con el objeto de que los Consejos Directivos y Rectores o Directores Administrativos de los establecimientos educativos privados, efectúen un estudio previo del servicio que ofrecen y el requerimiento financiero. La consistencia de este análisis les permitirá establecer la definición de prioridades y la denominación de los costos precisos para el cobro del próximo año:
El Manual de Autoevaluación que se aplicará para la fijación de tarifas en establecimientos educativos privados de calendario A para el año 2008 y para los de calendario B, años 2008-2009, será el mismo del año 2006.
- Las Instituciones y Centros Educativos privados ingresarán la información a través del aplicativo Web que ya está disponible, con las mismas claves que ingresaron el año pasado.
- El procedimiento es el siguiente: Los establecimientos ingresan a www.mineducacion.gov.co/autoevaluacion. Allí digitan su código DANE de 12 dígitos, como usuario, y como contraseña, el mismo código invertido. Pueden hacer ensayos, ingresando como usuario, con la clave “visita”.
- El aplicativo es sumamente sencillo y su diligenciamiento es muy parecido al que se efectúa con los formularios en físico. La diferencia estriba en que ayuda en los cálculos.
- Inmediatamente el plantel ingresa con su código, aparece la información ya grabada en las bases de datos del año 2006. Si no hay datos, los consigna. Si ya existen, los complementa.
- Una vez se llene la información correspondiente a la Identificación, se debe anotar la fecha de matrícula y pasar al formulario 1 A o 1 B, donde aparecen la mayoría de datos sobre recursos ya diligenciados, a partir de la información que el establecimiento ya ingresó. Se debe tener en cuenta que, en dichos formularios, y dependiendo de los niveles educativos ofrecidos, hay preguntas divergentes. Por ejemplo, si el plantel no ofrece el nivel de educación media, no aparecerá la consulta sobre servicio social del estudiantado.
- No se debe dejar ningún espacio sin llenar, antes de pasar a la página siguiente. Parte de la información, se pide en ventana aparte, a la que se ingresa con vínculos (texto de color rojo subrayado sobre el que se da clic). Deben llenarse todos los datos, guardar y cerrar.
- Una vez termine el diligenciamiento, se deben adjuntar copias escaneadas de las actas del Consejo Directivo y de la certificación del contador público, si la Secretaría de Educación lo solicita.
- Al terminar, el aplicativo le informa al Colegio en que régimen quedó clasificado y le envía la información a la Secretaría de Educación. Esta es la base para la proyección del correspondiente acto administrativo.
- Los Colegios con certificación o acreditación en un modelo de gestión, ingresan únicamente los datos básicos de identificación y el formulario 2. Al responder a la pregunta sobre si están certificados, el aplicativo los envía directamente a dicho formulario.
La Autoevaluación debe diligenciarse 60 días antes de la fecha de la matrícula, para que la Secretaría de Educación Departamental pueda emitir los actos administrativos correspondientes.
NOTA: Cualquier inquietud o dificultad que se presente con el diligenciamiento del aplicativo, debe ser consultada de inmediato a la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, a los teléfonos 385 85 33 ó 385 85 69 (Supervisores de Acreditación y Legalización).
Cordialmente,
CLAUDIA PATRICIA RESTREPO MONTOYA
Secretaria de Educación para la Cultura de Antioquia
CPG-JAO
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