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Nuevos recursos del Sistema General de Participaciones para atención integral a la primera infancia en municipios de Antioquia

Julio 10 - 2008

 
  • Distribución de los recursos del sistema general de participaciones provenientes del crecimiento real de la economía superior al 4% de la vigencia 2006

La Ley 1176 de 2007, en su artículo 14, establece que los recursos de que trata el parágrafo transitorio 2º del artículo 4º del Acto Legislativo 04 de 2007 se destinarán a la financiación de las acciones en primera infancia, definidas como prioritarias por el Consejo Nacional de Política Social en desarrollo del artículo 206 de la Ley 1098 de 2006, siempre que dichas acciones no generen gastos recurrentes. Así mismo, en su artículo 15, determina que las liquidaciones del mayor valor del Sistema General de Participaciones por crecimiento real de la economía superior al 4% correspondientes a las vigencias 2006 y 2007, se destinarán a educación y a la atención integral de la primera infancia conforme con la distribución definida por el Conpes Social.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio radicado en el DNP el 28 de enero de 2008, con el número. 2008-663-001701-2, certificó la incorporación en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2008 de $270.240 millones, correspondientes al valor de la liquidación por crecimiento del PIB superior al 4% durante el año 2006.

De acuerdo con los recursos certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por concepto de crecimiento de la economía por encima del 4% en el año 2006, el Departamento Nacional de Planeación elaboró la propuesta de distribución de estos recursos.