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Jueves, 07 Mayo 2015 10:21

¿Cuál es la normatividad referente al Fondo Prestacional?

En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 56 de la Ley 962 de 2005 y su Decreto reglamentario 2831 de agosto 16 de 2005, a partir del 8 de Julio de 2005, cada entidad territorial certificada debe tramitar y reconocer las prestaciones económicas con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

La Ley 91 de diciembre 29 de 1989 crea el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, contable y estadística, sin personería jurídica, cuyos recursos serán manejados por una entidad fiduciaria estatal o de economía mixta, en la cual el Estado tenga más del 90 % del capital.

El Consejo Directivo del Fondo

El objetivo del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio es determinar las políticas generales de administración e inversión de los recursos del Fondo, procurando siempre seguridad, adecuado manejo y óptimo rendimiento; velando además, por el cumplimiento y correcto desarrollo de los objetivos del Fondo.

La Ley 962 de 2005 en su Artículo 56, estableció que las prestaciones sociales que pagará el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio serán reconocidas por el citado Fondo, mediante la aprobación del proyecto de resolución por parte de quien administre el Fondo, el cual debe ser elaborado por el Secretario de Educación de la Entidad Territorial certificada correspondiente, a la que se encuentre vinculado el docente. El acto administrativo de reconocimiento se hará mediante resolución que llevará la firma del Secretario de Educación de la entidad territorial.

El Decreto 2831 de Agosto 16 de 2005 establece el reglamento del Consejo Directivo Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio; el Trámite para el reconocimiento de prestaciones económicas; la Conformación y funcionamiento de los Comités Regionales y revoca el Decreto 1775 de 1990.

Información de Contacto
Alba Cecilia Suárez García
Jefe de Oficina Fondo Prestacional
Oficina 418
Teléfono: 383 8485
cecilia.suarez@antioquia.gov.co

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