Para: Rectores(as), Directores(as) de Instituciones y Centros Educativos Rurales
de los 120 municipios no certificados del Departamento de Antioquia
La secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, en cumplimiento de la responsabilidad asignada por el artículo 10 del Decreto 1290 de 2009, numerales 2 y 3, se permite divulgar el segundo documento con reflexiones en torno a la implementación del Sistema Institucional de Evaluación de los Aprendizajes, acorde con los desarrollos de cada una de las Instituciones y Centros Educativos Rurales.
En la circular 205 de agosto de 2009, se entrega un primer documento con orientaciones que invitaban a los establecimientos educativos a desarrollar la Autonomía Institucional otorgada por la Ley 115, art. 77, a partir de la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. A su vez invita a fortalecer el trabajo del gobierno escolar en cumplimiento a las responsabilidades por equipos de gestión. En esta segunda entrega se espera fortalecer la ruta de implementación del SIE con el aporte de elementos conceptuales y metodológicos.
Es importante el estudio por parte de los establecimientos educativos, tanto del Decreto 1290 de 2009, como de los dos documentos entregados por parte de la Secretaría de Educación para la Cultura, para avanzar en la aplicación del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiante, el cual estamos seguros tendrá como principio el derecho constitucional de la participación desde el debido proceso, con la intención de ofrecer igualdad de condiciones y equidad en la prestación de un servicio educativo con calidad.
Finalmente, agradecemos el compromiso de todos en esta dinámica de participación y construcción colectiva de propuestas locales.
Cordialmente,
HUMBERTO DIEZ VILLA
Secretario de Educación para la Cultura