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Miércoles, 25 Febrero 2015 17:30

Resolución 266 - 12 enero 2012 / Por la cual se conforma el Comité Asesor y Evaluador de la Secretaria de Educacion de Antioquia

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Nacional 2474 de 2008, y los Decretos Departamentales 007 y 008 de 2012 expedidos por el Gobernador de Antioquia y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, y el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, facultan al Gobernador en su calidad de Representante Legal del ente territorial, para delegar total o parcialmente la competencia para expedir los actos inherentes a la actividad contractual, realizar los procesos de selección  y celebrar los contratos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o su equivalente.
 
Que el Decreto Departamental 008 de 2012 expedido por el Gobernador de Antioquia, establece en su artículo octavo que el Secretario de Despacho, entre otros directivos, designará el Comité Asesor y Evaluador al momento de iniciar los estudios previos para todas las modalidades de contratación, el cual estará conformado por un número plural e impar así:
 
1. Un servidor público del nivel profesional o superior, con formación de Abogado o particular contratado con título de Abogado, quien realizará el rol jurídico dentro del comité.
 
2. Un servidor público del nivel profesional o superior, o particular contratado con título profesional en el Área de Administrativa, quien realizará el rol logístico dentro del Comité.
 
3. Un servidor público del nivel técnico o superior, o particular contratado con conocimientos sobre el objeto materia de contratación, quien realizará el rol técnico dentro del Comité.
 
En consecuencia el Secretario de Educación de Antioquia,
 

RESUELVE

 
PRIMERO: Conformar el Comité Asesor y Evaluador de la Secretaría de Educación de Antioquia,  el cual estará conformado por los siguientes servidores públicos:
 

1. Un  Profesional Especializado del área de Contratación de la Dirección Jurídica de la Secretaría de Educación de Antioquia, como Líder Gestor de Contratación.

2. Un Profesional Especializado del área de presupuesto de la Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo, quien realizará el rol logístico dentro del Comité.
 
3. El Subsecretario de Planificación Sectorial e Institucional o el directivo del área cuyo proyecto de contratación sea analizado, quien realizará el rol técnico dentro del Comité
 
Las personas señaladas deberán cumplir en debida forma las obligaciones establecidas en el Decreto Departamental 008 de 2012, en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, en el Decreto Nacional 2474 de 2008, y en las demás normas sobre contratación estatal.
 

SEGUNDO: El Comité Asesor y Evaluador, podrá sesionar en cualquier momento, siempre que estén reunidos todos sus miembros en forma física o comunicados por cualquier medio tecnológico.

TERCERO. Notifíquese personalmente la presente Resolución por parte de la Dirección Jurídica de esta Secretaría, a cada uno de los citados integrantes del Comité Asesor y Evaluador y publíquese la misma en la página web de la Secretaría.
 
Conforme al artículo Décimo del Decreto Departamental 008 de 2012, se concede un término de un (1) día hábil, contado a partir de la publicación o de la última notificación,  término durante el cual los integrantes del Comité podrán declararse impedidos o ser recusados.
 
CUARTO: La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.
 

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

FELIPE ANDRÉS GIL BARRERA
 

Secretario de Educación

Proyectó:

Carlos Sánchez

Revisó:

Nohemy Alvarez

Aprobó:

Dirección Jurídica

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