Conforme se establece en el Artículo 2.3.1.6.3.2 del Decreto 1075 de 2015, “Los fondos de servicios educativos son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal”.
La Secretaría de Educación de Antioquia, cuenta con el grupo interdisciplinario de profesionales asesores de Fondos de Servicios Educativos, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, con el fin de suministrar asesoría y acompañamiento y efectuar control, a los Establecimientos Educativos Oficiales de los Municipios no certificados del Departamento de Antioquia, respecto a la administración y ejecución de los recursos, con el fin de garantizar la eficacia y transparencia en el uso de los mismos.
Los profesionales asesores dispuestos para atender las diferentes inquietudes son:
Nombre | Cargo | Teléfono | |
Rodrigo Alberto López Burgos |
Profesional Especializado |
rodrigo.lopez@antioquia.gov.co | 3838420 |
Liliana Llaned Barrera Aguirre | Profesional Universitaria | liliana.barrera@antioquia.gov.co | 3838437 |
Eliana Vannesa Mora | Profesional Universitaria | eliana.mora@antioquia.gov.co | 3838422 |
Maribel Sánchez Sánchez | Profesional Universitario | maribel.sanchez@antioquia.gov.co | 3838422 |
Gustavo Rondon Rendón | Profesional Universitario | gustavo.rondon@antioquia.gov.co | 3838426 |
Ligia María Gómez García | Profesional Universitaria | ligia.gomez@antioquia.gov.co | 3838422 |
Eduardo Muñoz Luna | Profesional Universitario | eduardomunoz@antioquia.gov.co | 3838556 |
Iveth Morales Montañez | Profesional Universitario | iveth.moralesmm@gmail.com | 3838426 |
Gloria Zapata Tabarez | Técnico Operativo | gloria.zapata@antioquia.gov.co | 3838429 |
Paula Andrea Gómez Ruíz | Auxiliar Administrativa | pgomezr@antioquia.gov.co | 3838556 |
Hilda María Cossio Fernández | Auxiliar Administrativa | hildasurena@hotmail.com | 3838426 |
Jonathan Camilo Pérez R. | Auxiliar Administrativo | camilofse@gmail.com | 3838429 |
En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 56 de la Ley 962 de 2005 y su Decreto reglamentario 2831 de agosto 16 de 2005, a partir del 8 de Julio de 2005, cada entidad territorial certificada debe tramitar y reconocer las prestaciones económicas con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio es la entidad responsable de los temas relacionados con pensiones, cesantías, salud y en general, de todas las prestaciones sociales para los maestros y maestras oficiales de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia.
Debe anexar certificado de estar pensionado o no, expedido por las siguientes Entidades Administradoras de Pensión:
La Ley 91 de diciembre 29 de 1989 crea el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, contable y estadística, sin personería jurídica, cuyos recursos serán manejados por una entidad fiduciaria estatal o de economía mixta, en la cual el Estado tenga más del 90 % del capital.