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Martes, 12 Mayo 2020 11:03

La Secretaría de Educación hace una solicitud a los Docentes y Directivos Docentes Etnoeducadores nombrados bajo el Decreto 894 de 1995

interior etnoeducacion

 

“Información para los servidores públicos Etnoeducadores Docentes y Directivos Docentes, que se encuentren vinculados al servicio del Estado en establecimientos educativos estatales indígenas en los niveles de preescolar, básica y media, nombrados bajo el Decreto 894 de 1995, vinculados en propiedad o provisionalidad”.

Los Docentes o Directivos Docentes Etnoeducadores tienen el deber de realizar a través del SAC https://www.seduca.gov.co/sac la siguiente solicitud:

Derecho de Petición de aplicación del Decreto 317 del 27 de febrero de 2020, con relación a la actualización del salario, de acuerdo al título aportado.

Yo (nombre completo del docente), identificado con CC. xxxxxx, solicito en aplicación del Decreto 317 del 27 de febrero de 2020, por el cual se establece la remuneración de los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que atiendan población indígena en territorios indígenas, en los niveles de preescolar, básica y media, y se dictan otras disposiciones de carácter salarial.

En específico se requiere la aplicación del PARÁGRAFO TRANSITORIO.

Por lo anterior y atendiendo los procedimientos del Parágrafo en mención, los Docentes y Directivos Docentes tendrán por una única vez la oportunidad de presentar ante las entidad territorial sus títulos académicos de Normalista Superior, Licenciatura o Título de Profesional no licenciado y Posgrado (Especialización, Maestría y Doctorado), dentro de un plazo de cuatro meses contados a partir de la vigencia del Decreto 317 de 2020.

Así las cosas, se pide gestionar esta solicitud a través del SAC (SISTEMA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO) especificando de forma detallada, nombre, cédula, institución en la cual labora, municipio, celular y correo electrónico, adjuntando los títulos que ostenta en PDF para el reconocimiento salarial.

Los Etnoeducadores que se relacionan a continuación YA HAN EFECTUADO ESTA SOLICITUD, POR TAL RAZÓN NO DEBEN HACERLO NUEVAMENTE.

CÉDULA

8.075.147
8.075.587
8.075.898
8.112.807
8.119.712
8.167.310
8.416.946
8.417.122
8.417.122
8.437.059
11.076.228
21.697.787
21.743.641
25.785.823
25.785.823
30.796.654
30.796.654
32.118.369
32.118.369
32.201.120
32.278.300
43.286.972
43.289.172
43.341.840
43.418.340
98.466.891
98.612.392
98.612.918
1.007.113.476
1.010.063.938
1.039.092.868
1.039.286.184

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