PARA: RECTORES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS DE EDUCACIÓN FORMAL DE LOS MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
PARA: Alcaldes Municipales, Secretarios de Educación Municipal, Supervisores docentes, Directores de Núcleo Educativo, Rectores, Directores, Docentes y Comunidad Educativa en general de las Instituciones y Centros Educativos de los municipios no certificados del departamento.
PARA: Alcaldes, Secretarios de Educación, Directores de Núcleo, Rectores, Directores, Docentes y equipos de gestión de los establecimientos educativos de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia.
PARA: ALCALDES Y SECRETARIOS DE EDUCACIÓN DE MUNICIPIO NO CERTIFICADOS EN MATERIA DE EDUCACIÓN.
Quiero expresar todo mi reconocimiento a la labor desarrollada en su municipio y reiterarles mi compromiso de seguir trabajando en buscar los mejores resultados para garantizar que cada niño, niña y joven este en el sistema educativo.
PARA: ALCALDES MUNICIPALES
El Gobierno Nacional a través del icon Decreto 521 de febrero 17 de 2010 (56.16 kB), reglamenta parcialmente el inciso 6 del artículo 24 de la ley 715 de 2001 y el artículo 2 de la ley 1297 de 2009 en lo relacionado con los estímulos para los docentes y directivos docentes ubicados en las zonas rurales de difícil acceso.