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PARA: RECTORES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS DE EDUCACIÓN FORMAL DE LOS MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

PARA: Alcaldes Municipales, Secretarios de Educación Municipal, Supervisores docentes, Directores de Núcleo Educativo, Rectores, Directores, Docentes y Comunidad Educativa en general de las Instituciones y Centros Educativos de los municipios no certificados del departamento.

PARA: Alcaldes, Secretarios de Educación, Directores de Núcleo, Rectores, Directores, Docentes y equipos de gestión de los establecimientos educativos de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia.

PARA: Alcaldes, Secretarios de Hacienda, Tesoreros municipales, Secretarios de Educación de los municipios no certificados de Antioquia.

En ejercicio de las competencias asignadas por el artículo 6 de la Ley 715 de 2001, acatando lo establecido en los Conpes Sociales, Directiva Ministerial 12 de junio 20 de 2008, y Circular N° 5 del 31 de marzo de 2009 del Ministerio de Educación Nacional, y con el fin de promover el adecuado manejo de las transferencias destinadas a financiar la Gratuidad de la Educación, reiteramos a los destinatario de la presente circular los siguientes aspectos a tener en cuenta:

PARA: ALCALDES Y SECRETARIOS DE EDUCACIÓN DE MUNICIPIO NO CERTIFICADOS EN MATERIA DE EDUCACIÓN.

Quiero expresar todo mi reconocimiento a la labor desarrollada en su municipio y reiterarles mi compromiso de seguir trabajando en buscar los mejores resultados para garantizar que cada niño, niña y joven este en el sistema educativo.

PARA: ALCALDES MUNICIPALES

El Gobierno Nacional a través del icon Decreto 521 de febrero 17 de 2010 (56.16 kB), reglamenta parcialmente el inciso 6 del artículo 24 de la ley 715 de 2001 y el artículo 2 de la ley 1297 de 2009 en lo relacionado con los estímulos para los docentes y directivos docentes ubicados en las zonas rurales de difícil acceso.

PARA : Alcaldes, responsables del Simat de los municipios de Granada, San Luis, San Francisco, Cocorná, San Rafael, San Carlos, El Carmen de Viboral, Argelia, Nariño, Sonsón, Urrao, Tarazá, Caucasia, El Bagre, Cáceres, Nechí, Zaragoza, Ituango, Valdivia, Briceño y Anorí.

La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, en el marco de la atención educativa a población escolar en situación de desplazamiento, y en garantía del derecho a la educación de dicha población, realizará conjuntamente con Acción Social, un proceso de consolidación y verificación de la información de los y las estudiantes en situación de desplazamiento.

PARA: Alcaldes, Secretarios de Educación, Directores de Núcleo Educativo, Directivos Docentes, Directores y Docentes de Instituciones y Centros Educativos Oficiales Urbanos y Rurales.

La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, en el marco de la Política Nacional de Reducción del Consumo de Sustancias Psicoactivas, y el Plan de Desarrollo de Antioquia, invita a los directivos docentes, docentes, directores de los CER y Jefes de Núcleo a orientar y fortalecer el desarrollo de las políticas y directrices emanadas desde el Ministerio de Educación Nacional, tendientes a reducir y prevenir el consumo de sustancias psicoactivas lícitas e ilícitas en las Instituciones educativas del Departamento de Antioquia.

PARA: Alcaldes Municipales, Secretarios de Educación Municipal, Rectores, Directores y Docentes de Establecimientos educativos estatales.

La Secretaría de Educación para la cultura de Antioquia, teniendo en cuenta que el Estado reconoce la diversidad de las creencias religiosas, las cuales no constituirán motivo de desigualdad o discriminación ante la ley, que anulen o restrinjan el reconocimiento o ejercicio de los derechos fundamentales, y considerando que algunos docentes y/o Directivos docentes hacen parte de grupos religiosos que consagran el día sábado como un día no laboral, se permite impartir la siguiente instrucción:

Para: Secretarios de Educación, Directores de Núcleo Educativo, Rectores, Coordinadores y docentes de matemáticas de los municipios no certificados del departamento de Antioquia.

El Gobierno Departamental en su actual "Plan de Desarrollo, Antioquia para todos, ¡Manos a la Obra!", estableció políticas para el mejoramiento de los procesos educativos, en relación con las prácticas pedagógicas de los docentes, para el desarrollo de competencias básicas de los estudiantes, y con la finalidad de obtener mejores resultados en sus desempeños, los cuales se hacen visibles en los resultados de las pruebas internas, externas e internacionales. El objetivo es hacer de nuestra región un Departamento competente, nacional e internacionalmente.

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GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA - Secretaría de Educación
Horario: De lunes a jueves de 7:30 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 5:15 p. m.; y los viernes de 7:30 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 4:00 p. m.
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